Antesala
Coordinación intermunicipal para la seguridad metropolitana
En México, el 65 por ciento de la población habita en alguna de las 92 metrópolis del país, establecidas por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), basados en la clasificación de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que, a su vez, establece los mecanismos específicos de gobernanza metropolitana para cada una de dichas zonas.
En el país existen 48 zonas metropolitanas, 22 metrópolis municipales y 22 zonas conurbadas, las cuales abarcan en total 431 municipios, donde habitan 82.5 millones de personas, algo que representa un desafío importante, principalmente para la seguridad pública en estas regiones, ya que, debido a sus características, como las zonas limítrofes entre municipios e, inclusive, estados, se agrega un grado de complejidad importante para el combate a la inseguridad.
Si bien existen esfuerzos importantes en materia de coordinación intermunicipal para la seguridad pública, la mayoría de estos se centran en las grandes zonas metropolitanas del país, como la del Valle de México, Guadalajara, Aguascalientes y Monterrey, en donde, además, la coordinación integra a las Policías estatales.
Asimismo, algunas zonas metropolitanas, ocho en total, son interestatales, donde la complejidad metropolitana es mayor, porque deben colaborar las entidades federativas de las localidades implicadas, además de la Federación, como lo establece la LGAHOTDU.
En ese sentido, aunque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no define el término zona metropolitana, el Artículo 115 sí trata el fenómeno metropolitano al establecer la posibilidad de coordinación y asociación entre municipios, de una sola entidad o de dos o más, así como la posibilidad de celebrar convenios con los gobiernos estatales para una mejor prestación de servicios públicos y del ejercicio de las funciones municipales, entre estas, la seguridad pública.
Por su parte, la LGAHOTDU fija las normas básicas e instrumentos de gestión para ordenar el uso del territorio y los asentamientos humanos, con pleno respeto a los derechos humanos, lo que hace a través de principios de política pública establecidos en el Artículo 4, entre estos, protección y progresividad del espacio público, seguridad urbana y riesgos.
Ante este panorama, exponemos en esta edición las principales estrategias intermunicipales de seguridad pública en las metrópolis, con base en la coordinación de las instituciones de seguridad pública locales, así como los desafíos y posibles soluciones a estos.
Otro tema que requiere de coordinación entre los municipios y otras instituciones públicas o privadas, principalmente en materia normativa, es el despliegue de infraestructura para las telecomunicaciones. Sobre este tema, expertos nos explican cómo se está acortando la brecha digital, las ventajas de hacerlo y qué mecanismos se precisan para ello.
Complementamos esta edición abordando temas como las estrategias de comunicación política que deben implementar los gobiernos electos durante su mandato; además de soluciones para el combate a incendios forestales y gestión del agua, entre otros temas.
Que disfrute la lectura.
Los editores.