Enroque Político

Desafortunadamente, hablar de los actos de corrupción que existen en México, realizados por funcionarios, servidores públicos y agentes que están inmersos en la política o que ejercen un cargo de representación y elección popular, son tema de cada día. Lo peor de ese tema es que nosotros, como ciudadanos, estamos contribuyendo, de manera directa o indirecta, y esto hace que no tenga un freno con el que podamos combatir el problema, castigar cada situación y prevenir a futuro.
Los servidores públicos están propensos a caer en diversas responsabilidades penales o administrativas si ellos no hacen de manera correcta su gestión durante su administración, siendo así señalados por las autoridades para ser procesados y sancionados por distintas vías previstas en compendios que diariamente con nuestra ayuda son actualizados, renovados y mejorados para dar una seguridad social mediante programas, iniciativas de ley o cursos de actualización a instituciones para los propios agentes gubernamentales.
Esto nos lleva a ahondar en un tema que, desafortunadamente, aún se presenta recurrentemente en los municipios, estados y a nivel federal por la falta de prevención, por no tener un sistema anticorrupción que tanto hace falta y que diariamente luchamos para su difusión y los beneficios de su funcionamiento en cualquier administración pública, sin importar el área o nivel que se quiera aplicar. Nos referimos, por una parte, a los delitos como el pago y recibo indebido de remuneraciones, y por otra, al cohecho, dos delitos que parecen ser iguales, pero cada uno tiene sus peculiaridades.
Cuando un servidor público al ejercicio de su cargo y desempeño de sus funciones apruebe un pago o él suscriba algún comprobante, cheque de nómina u orden de pago de alguna remuneración o por una jubilación, pensión, retiro o liquidación por servicios prestados no autorizados, cometerá el delito de remuneración ilícita. También, si el mismo servidor público con puesto de mando medio o superior recibe ilícitamente un pago indebido y no lo reporta, incurrirá en el mismo delito.
Por otro lado, el cohecho se presenta cuando el servidor solicita, directamente o por medio de un tercero, dinero o cualquier beneficio que pueda obtener por su cargo, así como aceptar alguna promesa para hacer o dejar de realizar un acto propio de sus funciones. El cohecho cometido por legisladores es parecido, ya que éste se da cuando en el proceso de aprobación del presupuesto se gestiona o solicita la asignación de recursos a favor de un ente público a cambio de una buena comisión o el otorgamiento de contratos de obra o de servicios a favor de determinadas personas, sin pasar por un proceso de licitación o concurso, como debe ser.
Exponiendo las ideas que antecedimos, llegamos a la conclusión de que la ley y el compendio jurídico que tenemos son muy técnicos, amplios y extensos, pero, sin duda, nos faltan mecanismos para combatir a la corrupción. En la firma estamos empeñados en crear la cultura de la prevención sobre la persecución y el propio castigo, con herramientas que tenemos definidas, identificadas y probadas con éxito, reduciendo significativamente delitos cometidos por hechos de corrupción y enseñando a la ciudadanía que todos, contribuyendo, erradicaremos de manera más rápida la mala praxis de los funcionarios, dando mayor seguridad y mejor imagen para el que gobierna y su territorio.

* Este artículo fue elaborado en colaboración con Ángela Aidé Colmenares Pacheco, Abogada Junior en Martínez Ocampo & Chávez Vaca, SC.
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*Abogado postulante en derecho penal acusatorio. Cuenta con especialidad en concursos mercantiles, delitos fiscales y derecho penal por la Escuela Libre de Derecho. Contacto: 55-7155-2011 / [email protected] / @AbogadoOcampo