Participación ciudadana, ¿cuál es el alcance que tienen las decisiones de la población?

por | Jun 21, 2024 | Elecciones | 0 Comentarios

Entre las posibilidades de democracia que tiene la ciudadanía en el país, no sólo se ejerce el voto, también existe la posibilidad de solicitar la revocación de mandato de algún funcionario público en caso de que la población no esté de acuerdo con su manera de gobernar.

Imagen: INE.

De acuerdo con Eduardo Rovelo, especialista del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), la revocación de mandato es un mecanismo de participación ciudadana que permite a los ciudadanos destituir a un funcionario público antes de que termine su periodo de administración.

Cabe mencionar que dicha acción se encuentra inscrita en los derechos de los ciudadanos, de acuerdo con lo establecido en el capítulo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 35 se refiere: “para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores”.

“Se van a establecer las bases de la consulta popular y se va a convocar de manera general por parte del Congreso de La Unión, que el 33 por ciento, ya sea desde diputados o de senadores lleven a cabo estas consultas populares”, señaló Eduardo Rovelo.

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¿Cómo funciona la revocación de mandato?

Para hacer válida la revocación de mandato a cualquier funcionario público en entidades federativas (presidente de la república, gobernadores, alcaldes) se requieren firmas de al menos el 3 por ciento de personas inscritas en la lista nominal de electores.

“En el caso del presidente de la República tendríamos que tener al menos 17 por ciento de la participación de las entidades federativas que representen un 3 por ciento también del total del padrón, y una vez recibida esta solicitud por el Instituto Nacional Electoral, se aplicarán las reglas específicas de la ley, para realizar el procedimiento” apuntó Eduardo Rovelo.

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Para los municipios, este procedimiento dependerá de lo que mandata su Constitución Local y será obligación de sus respectivos órganos electorales realizar el proceso correspondiente. “Es importante tomar en cuenta que al hacer parte a la ciudadanía de estas acciones también se tiene que considerar su capacitación en el tema para que sepan lo que hacen y solicitan”, refirió el especialista.

Desde el Instituto Nacional de Administración Pública se ha buscado por más de 60 años aportar en temas de administración pública desde la capacitación de funcionarios públicos y ciudadanía en general.

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Noemí Andrade Castañón

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